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Escuela de Ciencias Juridicas y Politicas
Universidad Nacional Abierta y a Distancia
Law, Sociology and Political Science
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Sebastian Giraldo Henao, José Luis Leal Espinoza, and Andrés Felipe Roncancio
UPF Editora
En el presente artículo de investigación se busca comprender cómo los procesos migratorios ponen en una situación de vulnerabilidad mayor a la población migrante, y de esta forma evaluar cómo las plataformas digitales de domicilios se benefician de los altos índices de desempleo y en especial de la vulnerabilidad de los migrantes para utilizar su fuerza de trabajo sin garantizar sus derechos humanos laborales en Colombia y México. Para ello, se realiza un estudio sociológico de las dinámicas migratorias en México y Colombia, se analiza la normatividad internacional sobre los derechos humanos laborales y sentencias judiciales que protegen los derechos laborales sobre los formalismos que encubren la relación laboral, y se analiza el funcionamiento de algunas plataformas de domicilios y como se encubre la relación laboral con sistemas de inteligencia artificial y castigos y recompensas, vulnerando los derechos laborales de los repartidores.
Carlos Mario Molina Betancur and Andrés Felipe Roncancio Bedoya
Editorial Pontificia Universidad Javeriana
En épocas de pandemia, el derecho laboral ha dado un giro de ciento ochenta grados, anunciando el inicio de una nueva era en las relaciones empleado-empleador. En efecto, después de casi dos años de encierro por el confinamiento anticontagio, el Gobierno nacional debió expedir una nueva legislación sobre el trabajo en casa que viene a completar la ya existente sobre el teletrabajo. Dichas medidas son producto de la globalización pandémica, donde aparecen nuevas formas de relaciones laborales entre los seres humanos.
 El presente documento es una actualización y revisión del producto de investigación “El teletrabajo como tendencia contemporánea”, Medellín, Universidad de Medellín, 2016 y el Grupo de Investigaciones Jurídicas de la Universidad de Medellín. Además, es una actualización y revisión del producto de la investigación presentado en el 1.er Encuentro Internacional de Grupos de Investigación, Universidad Mariana de Pasto. También es el inicio de una reflexión más amplia del nuevo proyecto de investigación “Ética, Innovación y Paz” del Centro de Investigaciones Carlos Mauro Hoyos del Instituto de Estudios del Ministerio Público de la Procuraduría General de la Nación, el cual pretende demostrar los resultados de los efectos de la pandemia en las relaciones laborales que han generado nuevos escenarios en la contratación y modificación de la legislación laboral, pero que, aun cuando se han dado algunas, hace falta por complementar, quedando, de esta manera, un reto importante para los gobernantes de turno y los legisladores del país, quienes deberán adecuar la normatividad a las necesidades actuales de la sociedad.
Gustavo Aguilera Izaguirre, Andres Felipe Roncancio Bedoya, and Mariana Restrepo Marulanda
Institucion Universitaria de Envigado
El presente artículo tiene el propósito de revisar la construcción del concepto de Estado social y democrático de derecho en Colombia; concepto sobre el que es necesario elaborar un análisis que lo comprenda como categoría jurídica y como categoría política del constitucionalismo, es por ello que se partirá desde la intervención estatal que se produce en pro de las garantías de derechos fundamentales, puesto que este resulta ser un elemento imprescindible dentro de este modelo estatal. De igual mamera, se hará especial énfasis en el caso jurídico colombiano, pues dentro de este, el concepto de Estado social y democrático trajo consigo un fenómeno de constitucionalización del ordenamiento jurídico frente al funcionamiento de cada una de las ramas del poder público, las cuales consolidan sus funciones al generar protección social como consecuencia efectiva del mandato de la Constitución Política. Así, la rama judicial —en cabeza de la Corte Constitucional como guardián de la carta— crea las condiciones de interpretación que se traducen en la concreción de la norma superior; la rama ejecutiva entiende que debe intervenir para garantizar los derechos fundamentales; y el legislador —manifestación máxima de la democracia constitucional— debe motivar su libertad de configuración normativa en consonancia con la Constitución.
Andrés Felipe Roncancio-B., Mariana Restrepo-M., and José Fernando Hoyos-García
Corporacion Universitaria Lasallista
Introducción: En materia de responsabilidad extracontractual del Estado, los procesos de reparación directa que se han derivado de hechos con ocasión al Conflicto Armado Interno, en adelante -CAI- han generado cambios en las categorías de protección que se han ido transformando especialmente desde que se reconoce la existencia del CAI. Objetivo: el principal objetivo de esta investigación está articulado a determinar cuáles son las condiciones que se han valorado por parte del Consejo de Estado para establecer la adecuación frente a los títulos de imputación y asimismo, las condiciones de interpretación de las categorías del daño antijuridico y la responsabilidad del Estado. Materiales y Métodos: El estudio fue delimitado a partir de la revisión documental de una elección aleatoria de sentencias del Consejo de Estado tomadas de forma no probabilística a través de las categorías de los títulos de imputación que se presentaron en una reconstrucción cronológica donde el eje referencia se contrastó en una dimensión analítica del reconocimiento del CAI. Resultados: el estudio evidenció cómo entre los diferentes títulos de imputación aplicables a hechos del CAI existen parámetros que evidencian una transición de omisión institucional que permitía un margen de la concepción del daño antijurídico en un sentido amplio, hacia un margen más limitado fundamentado en un desarrollo más riguroso del principio de legalidad. Conclusiones: La declaración del CAI tuvo una gran incidencia en la forma como se desarrolló la responsabilidad extracontractual del Estado, que al disponer de nuevas categorías de protección generó con ello más seguridad jurídica, pero, que a su vez limitó interpretaciones amplias del daño antijurídico.